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Doctor Pedro Valdivia:

Vicio en fallo impidió refutar imputación en su oportunidad y ello permite anular sentencia

jueves, 14 de marzo de 2019


Nacional
El Mercurio




Que la sentencia del juez Alejandro Madrid tiene un vicio, conocido como ultra petita , y que este permite anularla, dicen los abogados Claudia Alarcón y Claudio Feller en sus recursos de casación en la forma y apelación.

Ambos representan al doctor Pedro Valdivia, condenado a cinco años de cárcel como cómplice de la muerte del exmandatario.

Ese defecto del fallo -dicen los defensores en la casación- se daría porque este indica que Valdivia informaba, sin señalar a quién, sobre el estado de salud del expresidente, imputación que no estaba contenida en la acusación.

Y, a su juicio, este hecho nuevo contenido en la sentencia significa que esta se dictó ultra petita , lo que impidió que pudiesen refutarlo, así como rendir prueba destinada a desvirtuarlo.

También denuncian otros defectos que, según ellos, tendría la sentencia del ministro Madrid, tales como no haberse pronunciado sobre uno de los argumentos planteados para solicitar la absolución de su defendido y "contener razonamientos contrarios a los principios de la lógica", advierten.

En la apelación señalan además que no está comprobada la existencia del delito de homicidio y que, por el contrario, los antecedentes dan cuenta de que Frei murió por complicaciones médicas, y citan las declaraciones del doctor Juan Pablo Beca, que es "concluyente al afirmar que el expresidente no fue asesinado".

El doctor Beca -consigna el recurso- es un testigo abonado pues, junto con haber estado casado por más de 50 años con Isabel Frei -hija del exmandatario-, hasta que enviudó, estuvo presente en las dos intervenciones que se le practicaron a Frei Montalva y en todo el proceso anterior y posterior a ellas.

Los abogados enumeran entre los cuestionamientos a la sentencia que existe una "contradicción insalvable" en el razonamiento expresado en la sentencia respecto de la manera en que se habría asesinado al expresidente. Explican, en ese sentido, que por una parte ese homicidio habría sido cometido mediante una deficiente y tardía atención médica, pero luego se consigna por el juez que la segunda intervención fue innecesaria. "¿De qué forma puede ser la atención médica tardía, si lo que llegó "tarde" fue una intervención supuestamente innecesaria?", plantean como interrogante en los recursos.

Y en caso de considerar la Corte de Apelaciones que está acreditado el delito, igualmente piden que se absuelva a su defendido porque no hay antecedentes que acrediten su participación.

Reclaman además que "todo aquello que declara el doctor Valdivia, y que puede eximirlo de responsabilidad penal, V.S.I. (el juez) lo considera una mentira; todo lo que declara el doctor Valdivia, y que en el entendimiento de V.S.I. lo incrimina o incrimina a otros acusados, V.S.I. lo considera como verdadero".

Agregan los abogados que tampoco existe un solo antecedente que establezca o siquiera haga presumir que los ejecutores hayan usado o tenido en cuenta las informaciones que supuestamente daba el doctor Valdivia sobre el desarrollo de las actividades dolosas de los autores y sobre la evolución del estado de salud del paciente, requisito esencial para la punibilidad del cómplice, según se lee en la apelación.

Hacia el final, los defensores concluyen indicando que para el magistrado, de acuerdo a su sentencia, existe un autor ejecutor que no necesitaba ninguna información por parte de terceros acerca del estado de salud del expresidente, pues la tenía de manera directa; luego, existen tres personas que informaban sobre ese estado de salud, y en el caso del doctor Valdivia, no se dice en la sentencia, entonces, no se sabe a quién informaba. "Todo este razonamiento no parece lógico", dicen.

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