Dólar Obs: $ 953,75 | -0,27% IPSA -0,25%
Fondos Mutuos
UF: 37.227,29
IPC: 0,40%


Año escolar: Las exigencias y prohibiciones en torno a los uniformes y útiles escolares

sábado, 23 de febrero de 2019


Economía y Negocios
El Mercurio

En los próximos días varios colegios comenzarán sus clases y, como todos los años, el ítem uniformes y útiles escolares es uno de los que más consume en tiempo y dinero para las familias. Más aún cuando algunas instituciones piden artículos específicos, situación que está normada por ley.



¿Se puede sancionar a un estudiante por no tener sus materiales?

En ningún caso la falta de útiles escolares solicitados podrá ser fundamento para la aplicación de medidas disciplinarias en contra del alumno, como, por ejemplo, la prohibición de ingresar a clases, limitar la permanencia en el establecimiento educacional o establecer algún tipo de restricción al pleno ejercicio del derecho a la educación.

¿Se puede excluir de clases al alumno por no contar con su uniforme?

No. En ningún caso el incumplimiento del uso del uniforme escolar podrá ser sancionado con la prohibición de ingresar o permanecer en el establecimiento educacional, lo que será fiscalizado por la Superintendencia de Educación, a través de las denuncias que se canalicen en esta materia.

Fuente: Ministerio de Educación y Superintendencia de Educación (www.mineduc.cl-www.supereduc.cl)

¿Puede un colegio exigir la compra de útiles y uniformes escolares de una marca determinada?

No. Los padres y apoderados tienen derecho a adquirir uniformes y útiles escolares en cualquier tienda o fábrica y no pueden ser obligados, presionados o inducidos a comprarlos a un proveedor determinado por el establecimiento educacional, toda vez que dicha conducta pudiera constituir una infracción a la libre competencia.

Solo en forma excepcional, cuando existan razones de carácter pedagógico, sanitario o de otro orden debidamente acreditables, los establecimientos podrán recomendar (nunca obligar) determinadas marcas de productos.

¿Los colegios pueden tener proveedores exclusivos para el uniforme?

Los colegios pueden encargar la confección de sus uniformes a proveedores exclusivos, siempre que la decisión haya sido precedida de un proceso de elegibilidad competitiva, transparente e informada entre distintos proveedores, debiendo priorizar a quienes presenten la mejor relación entre precio y calidad. Sin embargo, siempre prevalecerá el derecho de los padres a adquirir el uniforme escolar en el lugar que más se ajuste al presupuesto familiar.

¿Pueden exigir artículos de aseo y/o materiales de oficina en la lista de útiles?

Las listas de útiles escolares no pueden exigir útiles de aseo y artículos de oficina. Su obligatoriedad constituye una vulneración a la normativa educacional.

Es responsabilidad del sostenedor adquirir ese tipo de materiales.

5 de marzo
es la fecha que definió el Ministerio de Educación para el inicio oficial del año escolar 2019 en la Región Metropolitana.

$200 mil
es el monto promedio que gasta una familia por cada lista de útiles escolares, según el Colegio de Profesores.

2,3 millones
de estudiantes se verán beneficiados con la entrega de material de estudio gratuito, a través del Programa de Útiles Escolares. Los sets serán distribuidos en 9.269 establecimientos educacionales del país.



 Imprimir Noticia  Enviar Noticia