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Iniciativa fue una de las propuestas generadas en mesa técnica transversal. En el Ejecutivo estudian dos opciones: que vaya por separado o junto al proyecto de modernización laboral que ingresará al Congreso en los primeros días de marzo.

Opcional y con derecho a retracto del trabajador: Detalles del proyecto de indemnización a todo evento que analiza el Gobierno

lunes, 11 de febrero de 2019

Carlos Agurto L.
Economía y Negocios
El Mercurio




A comienzos de enero el Presidente Sebastián Piñera recibió de manos del ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, más de 50 propuestas para modernizar el mercado laboral. Las ideas fueron separadas en cinco ejes temáticos: Adaptabilidad y conciliación trabajo y familia; Nuevas normas para nuevas formas de empleo; Nuevas competencias y mejor formación; Nuevas formas de fiscalización, y Relaciones colectivas más justas.

Las propuestas surgieron por dos vías. La primera a través de un grupo transversal de expertos, entre los que se encontraban Eduardo Engel, Andrea Repetto, David Bravo, Luis Lizama, Marcelo Soto y Joseph Ramos, entre otros.

La segunda, fue el resultado de la mesa sindical constituida por Trabajo con tres centrales sindicales: la Central Autónoma de Trabajadores (CAT), la Confederación de Trabajadores de Chile (CTCh) y la Unión Nacional de Trabajadores (UNT).

Fue en la primera instancia donde planteó la posibilidad de crear un sistema de indemnización por años de servicio alternativo al actual. Una vez que se hizo pública la propuesta, inmediatamente sumó adherentes y detractores. No obstante, el gobierno continuó su trabajo buscando afinar una propuesta que logre consenso en el Parlamento para su aprobación.

¿Cuáles son los detalles del proyecto que el Ejecutivo estudia presentar próximamente al Congreso?

La propuesta busca crear un sistema paralelo al actual para el pago de indemnizaciones que sea a todo evento -incluso si el trabajador renuncia- y aun cuando haya trabajado menos de un año en la empresa. Bajo esta modalidad el trabajador recibiría el equivalente a ½ sueldo por cada año, con un tope de 11 años.

En la actualidad, el empleado tiene el derecho a recibir la indemnización de un sueldo por año, al cumplir al menos 12 meses en la empresa y, siempre y cuando, sea despedido por el artículo 161 del Código del Trabajo (necesidades de la empresa o desahucio del empleador).

Para el financiamiento de la indemnización, los empleadores depositarán en una cuenta individual en el seguro de cesantía, a nombre del trabajador, el equivalente a 4,11% de su remuneración bruta mensual, la que junto a la rentabilidad que obtengan dichos fondos, se pagarán al empleado una vez que termine el vínculo laboral con su empleador.

Conocedores de la propuesta agregan que, en el caso que el trabajador muera, estos fondos sean entregados como herencia al cónyuge o hijos del fallecido.

Pese a que el 4,11% parece un costo adicional alto para los empleadores, las fuentes consultadas aclaran que actualmente las empresas ya deben pagar cerca el equivalente al 2% de la remuneración de su empleado al seguro de cesantía, monto que se descuenta del pago de la indemnización por años de servicio una vez que concluye el vínculo contractual. Por esta razón, explican, en la práctica esto representa un aumento en torno a 2 puntos porcentuales en los costos laborales de las empresas.

Se aplicaría a contratos futuros y de común acuerdo entre las partes

Desde el Ejecutivo reconocen que la viabilidad política de la propuesta depende de la cantidad de trabajadores que queden bajo el paraguas de la nueva legislación una vez que se apruebe. Es más, asumen que se enfrentan a la posibilidad de no tener piso político en el Parlamento para su aprobación en el caso que esto implique un cambio de condiciones para los actuales trabajadores contratados.

Por esta razón, el Gobierno propondría que esta nueva modalidad se aplique para los nuevos contratos que se firmen tras la entrada en vigencia de la ley, y solo por el acuerdo entre ambas partes. Es decir, si el empleador o el trabajador se oponen, el contrato se regiría por el sistema actual.

Además, ante la posibilidad que el empleador obligue a su trabajador a acogerse a este sistema, la ley permitirá que el empleado ejerza su derecho a retracto dentro el primer año de contrato. Este trámite se solicitaría directamente al empleador o ante la Dirección de Trabajo.

Desde el Gobierno asumen que hay empresas y trabajadores a los cuales les convendría acogerse a la nueva legislación. No obstante, hay sectores de la economía que, por la estructura de su mercado laboral, no les interesaría ocupar esta fórmula.

Con todo, las fuentes consultadas revelan que resta por decidir si el Ejecutivo incorporará esta propuesta en el proyecto de modernización laboral que enviará los primeros días de marzo al Congreso, o seguirá un carril distinto, siendo ingresado como una iniciativa independiente en los próximos meses.

NUEVA FÓRMULA_La propuesta busca crear un sistema paralelo al actual para el pago de indemnizaciones a todo evento -incluso si el empleado renuncia- y aun cuando haya trabajado menos de un año.

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