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El fin de las preexistencias y la reforma a isapres

viernes, 14 de diciembre de 2018

Álvaro Erazo Exministro de Salud
Opinión
El Mercurio

"...las leyes deben anticiparse para que los tribunales de justicia no tengan que involucrarse en situaciones de contingencia, porque no es más que la evidencia de que alguna falla sustantiva legal debe corregirse en materia de políticas públicas...".



Es destacable que el Ejecutivo fundamente desde la seguridad social los principios que han de guiar la reforma de las isapres y la reforma previsional. Hoy resulta evidente que las iniciativas plasmadas en leyes deben combinar la necesaria gradualidad, evitando postergar innecesariamente modificaciones concretas que subsanen lo que en reiteradas acciones ejercidas por los máximos tribunales se ha denominado "judicialización de la salud".

La situación de fallas en la aplicación de los contratos ha ido acompañada sostenidamente de sentencias que han llegado a los principales tribunales de justicia. Más que subsanar, se trata precisamente de ejercer la coherencia jurídica: el denominado Derecho Positivo de las prestaciones para proteger los principios que rigen nuestra legislación en materia de seguridad social. Las leyes deben anticiparse para que los tribunales de justicia no tengan que involucrarse en situaciones de contingencia, porque no es más que la evidencia de que alguna falla sustantiva legal debe corregirse en materia de políticas públicas.

Sin ir más lejos, esto llevó a sentar otro precedente de la Corte Suprema al dictar jurisprudencia en dos casos relevantes para personas afiliadas a seguros de salud privados. En varias oportunidades, los tribunales superiores han ejercido sus atribuciones con evidentes efectos regulatorios hacia el propio mercado de seguros de salud.

En su momento, en el año 2010, también el Tribunal Constitucional establecería jurisprudencia en contra del uso de tablas de riesgo. En ese momento, tal resolución del Tribunal Constitucional dio origen a una Comisión Presidencial de Financiamiento de la Salud en el primer gobierno del Presidente Piñera.

Es razonable legislar para que las leyes en el ámbito de salud compatibilicen la premisa de la priorización en el uso de los recursos siempre escasos con el cumplimiento de las garantías de derechos en este ámbito.

A propósito de las competencias de tribunales, cabe observar una realidad más allá de Chile. Las cortes superiores de justicia, también en Estados Unidos, han jugado un rol preponderante. El año 2012 la Corte Suprema de ese país confirmaría el mandato individual de la ACA -también conocida como Obamacare-, que había sido cuestionada por tratarse de un mecanismo expropiatorio y que afectaba la libertad individual al permitir la opción de obligatoriedad del seguro. En síntesis, el mecanismo de la ley -decía la Corte- se aplicaba mediante una sanción impositiva y que el gobierno federal tenía el poder constitucional de imponer impuestos. En efecto, dicha ley impulsada por el Presidente Obama logró zafar del intento de derogación el año pasado.

La necesidad de considerar los principios de la seguridad social, como son la solidaridad de riesgos y los derechos garantizados en tanto derechos de prestaciones, resulta esencial. Por ello el término de las alzas indiscriminadas, con miles de planes en el caso chileno, y la necesaria extensión de cobertura por la vía de la obligatoriedad de cotización (mandato), con un plan de salud universal preciso en sus beneficios y coberturas sin dispersiones de precios antojadizas y discordantes, deben ser también adecuadamente consagrados en las iniciativas de ley.

En un país como Chile, donde las enfermedades crónicas son la principal carga de enfermedad, terminar con las preexistencias, apuntando a crear diseños estrictos para solidarizar adecuadamente los riesgos en salud, debe orientarse a crear modelos pertinentes, mediante un fondo de compensación entre isapres y Fonasa, sustentables técnica y financieramente. Esto ya fue planteado durante el gobierno del Presidente Lagos, en el marco de la reforma de Salud AUGE.

Hoy es necesario, en el debate sobre la reforma, actualizar los desafíos que depara la transición epidemiológica y demográfica acelerada en nuestro país, en el marco de un sistema verdaderamente mixto en salud.

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