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¿Es usted "pensionable"?

domingo, 25 de noviembre de 2018


Línea Directa Comunidad
El Mercurio

Si está próximo a cumplir la edad legal para jubilar, se encuentra en ese listado público. Ello significa que las AFP y las compañías de seguros de vida pueden acceder a dicha nómina. ¿Sabe qué es el Scomp y que su uso es obligatorio?



Julio es odontólogo y cumplió en agosto 64 años. Se ha preocupado de saber cuánto dinero ha logrado ahorrar en su cuenta de capitalización individual en la AFP y del monto que podría percibir. Pero, no tiene idea sobre qué modalidad de pensión va a elegir, ni cuál le conviene más, ni mucho menos qué es el Scomp. Por otro lado, Josefina, educadora de párvulos, ya cumplió los 60 años y le preocupa que sus fondos no sean suficientes. "Soy pensionable, figuro en el listado y he recibido muchísima información de las compañías de seguros de vida, pero la suma de mi Certificado de Saldo es poca", comentó a Línea Directa.

Julio afirma que se pensionará a los 65 años, aunque desconoce cómo es el trámite. "Reconozco mi ignorancia en esta materia y está claro que tendré que informarme o, por último, contratar a alguien que gestione el procedimiento", señaló. Mientras que Josefina, luego de analizar muy bien su situación previsional, decidió posponer su retiro y -si su empleador se lo permite- continuará trabajando.

Ambos están incluidos en el Listado Público de Pensionables, donde aparecen todos aquellos trabajadores próximos a jubilar, a 12 meses o menos de cumplir la edad legal para pensionarse por vejez y que tienen un saldo en su cuenta individual suficiente para financiar su retiro (sea de vejez, vejez anticipada, reevaluación de invalidez y de sobrevivencia). Quedan expresamente excluidos de la nómina los afiliados que presenten una solicitud de pensión de invalidez para la emisión del primer dictamen. Su finalidad es permitir a los afiliados conocer el Sistema de Ofertas de Montos de Pensión (Scomp) -que comenzó a operar en el 2004- para que tengan acceso a una completa información que les permita tomar la mejor decisión.

¿Qué es el Scomp? Según indica la Superintendencia de Valores y Seguros en su página web ( http://www.svs.cl/educa/ 602/w3-article-1529.html ), es un "sistema electrónico de interconexión entre las AFP, las compañías de seguros de vida que comercializan rentas vitalicias y los asesores previsionales. A través de este instrumento, los afiliados (o sus beneficiarios en las pensiones de sobrevivencia) reciben, en forma clara y comparable, información de las ofertas en distintas modalidades de pensión que son: Retiro Programado, Renta Vitalicia Inmediata, Renta Vitalicia Diferida y Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado".

El uso del Scomp es obligatorio -tanto para los afiliados como para los beneficiarios de pensión de sobrevivencia- al momento de optar por una modalidad de pensión. Su propósito es entregar información completa y comparable respecto de las ofertas de renta vitalicia y los montos de pensión en retiro programado, mediante una plataforma tecnológica que conecta a las AFP, aseguradoras de vida y asesores previsionales.

La Ley 19.934 que entró en vigencia el 19 de agosto de 2004, reformó en aspectos relevantes los mecanismos con que contaba el sistema de pensiones en Chile. Esta disposición establece las normas relativas al otorgamiento de pensiones a través de la modalidad de rentas vitalicias y modificó el DL N° 3.500 de 1980. Aunque el principal cambio fue la creación del Scomp que permite, a través del uso de una tecnología de información, conectar a los futuros pensionados con las entidades existentes en el mercado de las rentas vitalicias.

Ofertas

Consultar al Scomp no lo obliga a pensionarse inmediatamente; la idea es presentar ofertas de pensión de las AFP y aseguradoras de vida, de acuerdo con los requerimientos señalados por el afiliado. Las ofertas tendrán una vigencia de 12 días hábiles.

Ahora bien, es posible realizar consultas al Scomp durante toda la vigencia del Certificado de Saldo emitido por su AFP (que es de 35 días corridos). Transcurrido ese lapso deberá solicitar otro documento en la AFP.

Se permite efectuar hasta tres consultas por cada Certificado de Saldo, mientras este se encuentre vigente. No se podrá hacer otra, si hay una en trámite y su resultado no está emitido.

Para acceder al Scomp hay que completar y suscribir ante una AFP, aseguradora o un asesor previsional el formulario "Solicitud de Ofertas" y dicha entidad deberá ingresar la consulta a más tardar el día hábil siguiente de la suscripción.

EXCLUSIÓN

Si no desea figurar en este listado puede solicitar en su AFP la exclusión de la nómina. Si lo hace en línea, basta que ingrese su RUT y clave de acceso.

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