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Ayer se publicó nueva ley:

Sernac podrá perseguir multas por US$ 38 mills.

viernes, 14 de septiembre de 2018

M.B.
Economía y Negocios
El Mercurio

Entrará en vigencia en seis meses tras publicación en Diario Oficial.



Un león con más músculos y más inteligente. Así definió el director del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), Lucas del Villar, las nuevas facultadas otorgadas por la ley 21.081, publicada ayer en el Diario Oficial, que reforma al servicio que protege a los consumidores.

Del Villar explicó que el Sernac tendrá la facultad de poder fiscalizar a las empresas y que estas estarán obligadas a responder ante las exigencias de la entidad.

En cuanto a las indemnizaciones a los consumidores, estas podrán aumentarse en un 25% cuando existan agravantes y extenderse incluso al daño moral.

La entidad, además, podrá perseguir las infracciones de las empresas ante los 350 juzgados de policía local del país. Esta facultad se intensificará con el aumento de dotación para servicio (considerado en la nueva ley) y se podrá perseguir multas que se aumentan hasta seis veces respecto de las actuales, llegando hasta $108 millones por una sola infracción y hasta US$ 38 millones en casos colectivos.

Además se extenderá el plazo para denunciar y demandar a una empresa, pasando de seis meses en la actualidad a un período máximo de dos años contados desde el cese de la infracción.

La nueva ley comenzará a operar dentro de seis meses. Sin embargo, esta tendrá una gradualidad de 12, 18 y 24 meses, dependiendo de las disposiciones que se refieren a los nuevos procedimientos judiciales.

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