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Acusación constitucional

lunes, 10 de septiembre de 2018

Sergio Verdugo Ramírez Julio Alvear Téllez
Opinión
El Mercurio




Señor Director:

Un grupo de siete profesores de Derecho justifica la acusación constitucional presentada contra tres ministros de la Corte Suprema, y sostiene que ellos incurrieron en un notable abandono de deberes. Fundamentan sus dichos en una discrepancia en torno a la manera en que los jueces interpretaron el Derecho aplicable. El problema es que la discrepancia interpretativa no es suficiente para configurar la causal.

La interpretación que dichos profesores ofrecen se basa en principios abstractos que admiten diversas aplicaciones contradictorias, y que se sustentan en una corriente interamericana polémica y discutible, respecto de la cual no existe consenso entre académicos y abogados especialistas. Cuando existen conflictos interpretativos de esta naturaleza, existen dos maneras de resolverlos. La primera es mediante la regla de mayoría: que el legislador resuelva dictando leyes o promoviendo cambios. La segunda es mediante sentencias judiciales. Cuando el legislador no ha desarrollado la primera alternativa, la segunda se vuelve necesaria. Las sentencias de la Sala Penal de la Corte Suprema dieron cumplimiento a esta segunda alternativa, y ellas fueron justificadas en una interpretación plausible del Derecho. Si los parlamentarios discrepan (están en su derecho), que promuevan los cambios que correspondan y volvamos a la primera alternativa.

Una interpretación judicial plausible es suficiente motivo para rechazar la acusación constitucional contra los jueces porque no puede alegarse que ellos abandonaron notablemente sus funciones cuando lo que hicieron fue precisamente lo contrario: cumplir sus funciones.

Sorprende lo temerario de los juicios emitidos por los profesores que suscriben dicha carta: no habría otra posibilidad de fallar salvo aquello que opinan los firmantes. En realidad, el problema es otro: en un Estado de Derecho la resolución de los temas jurídicamente controvertibles pertenece a los tribunales de justicia. Para eso están. Condenar a un ministro por ello es privarlos de su independencia.

Sergio Verdugo Ramírez Julio Alvear Téllez
Centro de Justicia Constitucional - UDD

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