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Abogado del Gobierno que hoy defenderá proyecto de ley

Etcheberry y aborto por violación: "(La mujer) primero es víctima del delincuente y después es víctima de la ley"

viernes, 18 de agosto de 2017

C. Carvajal
Nacional
El Mercurio

Penalista sostendrá que el proyecto es constitucional porque la prohibición existe solo para la despenalización total de la interrupción del embarazo.



El abogado penalista Alfredo Etcheberry se ha concentrado en las últimas semanas a estudiar las actas de la Comisión Ortúzar, que sirvieron de base a la Constitución de 1980.

Está convencido de que la Carta Magna protege la "vida del que está por nacer", pero que dicha protección no es absoluta, sino que relativa, lo que permite al legislador establecer causales.

Este será el eje del alegato con el que hoy, ante el Tribunal Constitucional (TC), defenderá el proyecto de ley que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo bajo tres causales: cuando la mujer se encuentra en riesgo vital; en caso de que el embrión o feto padezca una patología congénita incompatible con la vida, y si el embarazo es resultado de una violación. Es decir, que es constitucional la iniciativa, ya que se permiten excepciones, y que la prohibición existe solo para la despenalización total del aborto.

Cuando se conoció que él sería el abogado del Gobierno, para algunos su nombre causó sorpresa, pero para quienes conocían el libro que lanzó en 2016 de Proyecto de Código Penal -en el que hace su propuesta para modificar el que existe desde 1929-, no tanto. Ahí ya adelantaba cuál era su postura acerca del aborto en tres causales.

Si bien en ese documento mantiene la penalidad del aborto, no lo hace exactamente en los mismos términos. Etcheberry plantea el delito de lesiones a un feto, que no existe en la legislación actual, y exime de pena al llamado aborto terapéutico; es decir, al que tiene por objeto salvar la vida de la mujer, y también por la falta absoluta de viabilidad del feto, no por malformaciones o enfermedades congénitas, sino por imposibilidad de vivir del nonato.

En su propuesta, además, establece una causal de atenuación para el caso del embarazo procedente de violación, o de fecundación artificial no consentida por la mujer, o por el caso, que es la causa más frecuente, que es el grave desamparo de la mujer.

Un año después del lanzamiento de su libro expondrá su postura no ante jueces penales, como está acostumbrado, sino ante ministros constitucionalistas.

Etcheberry dice sentirse tranquilo, que no ha tenido problemas en la DC, su partido, por asumir la representación de la Presidenta de la República, ya que ha "dejado en libertad de conciencia a sus militantes. Nadie se ha metido conmigo, ni me pidió cuentas, ni me ha dado instrucciones", asegura en su estilo pausado.

En medio del estudio de sus alegatos hizo una pausa para conversar con "El Mercurio" y referirse por primera vez al tema desde que asumió el caso.

-¿La Constitución permite excepciones o causales para la interrupción del embarazo?

"Sí. Es perfectamente posible hacerlo. Si es posible hacerlo respecto de la vida de la persona ya nacida, ¿por qué no va a hacer posible hacerlo respecto de la persona que está por nacer? Con un motivo proporcionado, claro que sí se puede".

-Las audiencias públicas de quienes aprueban el proyecto de ley se centraron mucho en el derecho que tiene la mujer a decidir. ¿Este argumento será materia de su alegato?

"No. Y no voy a tocar ese punto, porque mi enfoque será otro. Simplemente, la posibilidad, como usted señala, de que la ley en determinados casos permita introducir algunas causales como las que están en este proyecto, o si no lo permite nunca. Si se permite, es constitucional, aunque a muchos les parece que no es conveniente, o que está técnicamente mal legislado. Todo eso está afuera de la cuestión. Lo único que se discute aquí es si es conforme a la Constitución o no, nada más".

-En 1989 se derogó el aborto terapéutico, y hay quienes creen que desde entonces no se permiten excepciones de interrupción del embarazo...

"Eso no es efectivo. La historia de cómo llegó eso a incorporarse en la Constitución es clarísima y se discutió en la comisión constituyente durante cuatro sesiones en 1974. La opinión de todos ellos, con excepción de Jaime Guzmán, fue muy clara en el sentido de que la protección del que está por nacer, trasladando la fórmula del Código Civil a la Constitución, no era una protección absoluta, sino que era relativa que da elasticidad al legislador para establecer causales. Principalmente, se citó una y otra vez el aborto terapéutico. Incluso, Guzmán dijo que a veces se podía tolerar un mal menor e impedir un mal mayor, etc.".

-Uno de los puntos más complejos de resolver es el de la causal de violación y se prevé que puede ser muy peleado en el Tribunal Constitucional, por el derecho a la vida del que está por nacer. ¿Qué planteará en ese sentido?

-O sea, ¿si a la mujer que aborta se la manda a la cárcel o no? Estoy justo estudiando eso ... (La mujer) primero es víctima del delincuente y después es víctima de la ley. La mayor parte de los casos de violación son de menores, de mujeres de poca edad apenas capaces de concebir, y por personas de su entorno.

El abogado sabe que este será el punto más debatido hoy ante los diez magistrados del Tribunal Constitucional, por lo mismo no quiso referirse más a toda la argumentación que alegará, y adelantar su estrategia a su contraparte.

El penalista ha estudiado también la estadística en esta materia, y se muestra impresionado de la cantidad de menores que son víctimas de violación y que quedan embarazadas de parientes.

"Le parece si lo dejamos hasta aquí", dijo, amablemente, para terminar la entrevista y continuar con el estudio por la causal de violación.

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