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Los ejes de las iniciativas del Ejecutivo

viernes, 11 de agosto de 2017


Economía y Negocios
El Mercurio




Consejo de Ahorro Colectivo: organismo público para administración del 5%

1.- Uno de los proyectos será una reforma constitucional que crea el administrador del "Nuevo Ahorro Colectivo", un organismo autónomo denominado Consejo de Ahorro Colectivo.

El Gobierno propone que el 5% de cotización adicional con cargo del empleador sea administrado por este ente estatal.

* Características: Será una entidad autónoma, de rango constitucional. Así, buscarán reforzar la mantención de la política en el tiempo y asegurar de mejor manera la independencia del Poder Ejecutivo y Legislativo.

* Miembros: Estará integrado por siete profesionales que serán propuestos por el Presidente de la República y ratificados por el Senado. Este es el mecanismo que existe hoy en el nombramiento de los consejeros del Banco Central.

* Financiamiento: El Consejo financiará sus gastos a partir del fondo que administrará, y será una entidad sin fines de lucro.

2.- Creación de un "Nuevo Ahorro Colectivo"

Este proyecto propone la creación de un "Nuevo Ahorro Colectivo" para el 5% de cotización adicional. A través de esta iniciativa también se regulará el funcionamiento y orgánica del Consejo de Ahorro Colectivo, se fortalecerá la cobertura del sistema de pensiones y perfeccionará el Pilar Solidario.

Operación de este fondo

* Gradualidad: La cotización extra aumentará gradualmente en seis años, hasta alcanzar un 5%.

* Mecanismo: En régimen, un 3% irá a una cuenta de ahorro personal de propiedad de cada trabajador y heredable, mientras que el 2% restante se abonará a un Fondo de Ahorro Colectivo, que beneficiará con solidaridad a todos los afiliados, independientemente de su nivel de ingreso.

Beneficios de la cotización extra

* Ahorro en cuentas personales: El 3% que tiene como destino las cuentas de los trabajadores complementará las pensiones de vejez, vejez anticipada, invalidez y sobrevivencia de los afiliados.

* Aporte Solidario Intergeneracional: Tiene como finalidad mejorar en el corto plazo las pensiones de los actuales jubilados. Según el Gobierno, una vez implementada la ley, aquellos pensionados a partir de los 65 años verán una mejora de un 20% en las jubilaciones autofinanciadas por los ahorros de las personas. Ahora bien, en el caso de pensiones sobre los $600 mil, el aporte se calcula sobre este último monto, es decir, tendrá un tope de beneficio de $120 mil.

* Bono compensatorio para mujeres: Un incentivo para aquellas que decidan voluntariamente postergar su edad de jubilación. Este premio consta en que aquellas que se retiren a los 65 años o más recibirán una pensión equivalente a la de un hombre con igual ahorro previsional, lo que implica un aumento de 14% en promedio, aunque con un tope de $300 mil.

* Aporte Solidario Intrageneracional: Mecanismo de ahorro con redistribución, calculado sobre el saldo remanente en el Fondo de Ahorro Colectivo, una vez financiados el beneficio intergeneracional y el de las mujeres. ¿Cómo funciona? Cada año se dividirá el saldo remanente entre el número total de meses cotizados por los afiliados que contribuyeron en el Nuevo Ahorro Colectivo el año calendario anterior, recibiendo cada uno una proporción equivalente a sus meses cotizados.

Perfeccionamiento del Pilar Solidario

* Se buscará perfeccionar el Aporte Previsional Solidario de Vejez, permitiendo que quienes soliciten este beneficio y tengan pensiones de vejez en retiro programado cuenten con una pensión estable a través de los años.

* Seguro de longevidad: Beneficio para que aquellos afiliados acogidos a retiro programado fuera del Pilar Solidario reciban un complemento que les permita percibir una pensión equivalente al monto de la Pensión Básica Solidaria (PBS).

Otras propuestas

* Incorporación gradual de los trabajadores independientes al sistema de cotización

* Creación de un seguro de lagunas previsionales financiado al interior del seguro de cesantía

* Aumento del tope imponible desde 75,7 UF (unos $2 millones) a 113,5 UF (aproximadamente $3 millones).

3.- Regulación del sistema de AFP

* Nuevos espacios de participación de los afiliados: Se plantea que los usuarios puedan monitorear la ejecución de las políticas de inversión de sus recursos y ejercer un rol relevante en la elección de directores de las sociedades donde están invertidos los fondos.

* Licitación y menores costos: Perfeccionamiento al modelo de licitación de nuevos afiliados -que hoy es por precio- considerando el desempeño en la administración de los recursos, estableciendo estándares mínimos de calidad de servicio y permitiendo comisiones diferenciadas entre afiliados antiguos y nuevos en el marco de la licitación.

* Afiliados que coticen después de la edad legal de jubilación o sigan trabajando una vez pensionados no pagarían la comisión por depósito de cotizaciones a la AFP. Además, se plantea que el tope imponible no signifique mayores ingresos para las AFP y que solo puedan cobrar la comisión hasta el tope actual.

* Mayor competencia al interior del Sistema de Consultas y Ofertas del Monto de Pensión (SCOMP), proponiendo la eliminación de las ofertas externas.

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