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Decisión dividida en presentaciones de las defensas de dos conductores:

TC acoge dos recursos contra prisión efectiva de un año por Ley Emilia

sábado, 22 de julio de 2017

CINTHYA CARVAJAL
Nacional
El Mercurio

Sostienen que las penas privativas de libertad se utilizan como último recurso, y que es "desproporcionada e inequitativa".



Dos conductores imputados por conducir en estado de ebriedad con resultado de muerte no estarán obligados a cumplir al menos un año de cárcel efectiva que lo indica la "Ley Emilia".

Así lo determinó el Tribunal Constitucional (TC), que acogió, por seis votos contra cuatro, dos recursos de inaplicabilidad por el artículo 196 ter de la Ley de Tránsito, que dispone que el condenado por manejo en estado de ebriedad que cause lesiones o muerte no puede acceder a una pena sustitutiva (como la remisión condicional, reclusión parcial o la libertad vigilada) si no después de pasar un año en prisión.

La mayoría estimó que en "un estado democrático, las penas privativas de libertad se utilizan como último recurso, después de que esté plenamente establecido que el uso de otros mecanismos resulta insuficiente para sancionar las conductas delictivas más graves".

Agregan que la aplicación es inconstitucional, porque "resulta desproporcionada e inequitativa respecto a personas condenadas incluso por delitos de mayor gravedad".

Uno de estos casos es el de Valentina Palma Muñoz, una joven de 25 años que murió producto del choque en el que se vio involucrado su auto, el que era conducido por su ex pololo, David Romero Acuña, en San Antonio. La alcoholemia de este registró 2,16 gramos de alcohol por litro de sangre.

La otra causa es de Francisco Pacheco Marín, condenado a 4 años de presidio y a la inhabilidad perpetua para conducir, luego de que el 8 de agosto de 2015 embistiera en Coquimbo a una persona de 78 años de edad que transitaba en silla de ruedas, cuando era trasladada por su hijo para realizarse una diálisis. Pacheco conducía sin haber obtenido la licencia y con 1,42 gramos de alcohol.

La Fundación Emilia lamentó el fallo en una carta abierta a los parlamentarios, en la que piden que velen "por el cumplimiento fiel de aquello que legislan como norma".

Disidentes
Carlos Carmona, Gonzalo García, Domingo Hernández y Juan José Romero.

3
casos contra la "Ley Emilia" han sido acogidos por el Tribunal Constitucional en contra del artículo 196 ter que se refiere al presidio efectivo de un año para optar a una pena sustitutiva.

2
recursos de inaplicabilidad han sido rechazados.

3
solicitudes han sido declaradas inadmisibles

7
causas están con fallo pendiente.

4
normas de la "Ley Emilia" son las que se cuestionan.



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