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CNC: El día del Censo es feriado irrenunciable y el comercio no puede funcionar

lunes, 10 de abril de 2017

Economía y Negocios Online
Valor Futuro

Con respecto a los trabajadores, el día 19 de abril es un feriado obligatorio, tanto para empresas y comercios grandes, como para los más pequeños.

La Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo (CNC) informó que el próximo día miércoles 19 de abril, día en que se aplicará el Censo 2017 en todo el país, es un feriado irrenunciable.

Con respecto a los trabajadores, el día 19 de abril es un feriado obligatorio, tanto para empresas y comercios grandes, como para los más pequeños.

Según explicó el presidente de la CNC, Ricardo Mewes, "el objetivo es que todas las personas se encuentren en sus hogares para poder responder el Censo 2017. Éste es un tema país y, más allá de lo que pueda dejar de ganar el comercio, se trata de una instancia clave para contar con buenas políticas públicas, por eso hemos ofrecido todo nuestro apoyo como gremio".

Ese día, quienes se desempeñen en malls, centros comerciales, grandes tiendas, discotecas, pubs, cabarets, casinos de juego u otros lugares de juego autorizado, bares, clubes, restaurantes, supermercados, rotiserías, panaderías y, en general, todos quienes presten servicios en el comercio de bienes y productos alimenticios, cualquiera sea el tamaño de la empresa donde desempeñen sus funciones, no podrán trabajar.

Solo podrán funcionar normalmente ese día los establecimientos que expendan combustibles, locales comerciales que se ubican en aeródromos civiles públicos y aeropuertos, farmacias de urgencia y farmacias de turno, así como cualquier servicio que el Instituto Nacional de Estadísticas haya contratado con ocasión del censo o que sea necesario para su realización.

Mewes hizo un llamado a que las personas programen sus compras considerando este día feriado, e instó al comercio a ceñirse a la reglamentación, "como CNC, solicitamos muy especialmente a las empresas que respeten esta normativa, para facilitar que sus trabajadores participen como corresponden en este Censo".

De esta manera, la CNC –que a través de sus cámaras regionales y binacionales, asociaciones especializadas y compañías representa a cerca de 5.800 empresas recordó a sus asociados al gremio que el incumplimiento de la normativa es sancionado con multa a beneficio fiscal de 5 UTM (cerca de 230 mil pesos) por cada trabajador afectado si el empleador tuviere contratados hasta 49 trabajadores; 10 UTM (casi 460 mil pesos) por cada trabajador afectado si el empleador tuviere contratados de 50 a 199, y 20 UTM (casi 920 mil pesos) por cada trabajador afectado si el empleador tuviere contratados a 200 o más dependientes.

Con respecto al Viernes Santo (14 de abril), la CNC recordó que, por tratarse de una celebración religiosa, no se considera irrenunciable. Es decir, los comercios no están obligados a mantener cerradas sus puertas. Pese a que no están obligados a cerrar, la mayoría de los centros comerciales más importantes del país asuelen tener horarios especiales para el día viernes santo.

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