Dólar Obs: $ 956,32 | -1,25% IPSA -0,25%
Fondos Mutuos
UF: 37.207,48
IPC: 0,40%
Normativa impone el uso de sistemas de retención para menores de hasta nueve años:

Expertos critican que se exima al transporte escolar de ley de sillas obligatorias para niños

jueves, 23 de febrero de 2017

Manuel Valencia y Diego Zúñiga
Nacional
El Mercurio

Desde el 17 de marzo, la multa por llevarlos sin estos dispositivos de seguridad se elevará hasta los $140 mil. Gobierno dice que furgones cumplen con otras medidas, como los acompañantes del conductor.



Según estadísticas de la Comisión Nacional de Seguridad del Tránsito (Conaset), en 2015, 44 niños y niñas perdieron la vida y 230 quedaron lesionados por accidentes viales, la principal causa de muerte para menores en el país.

Estas cifras inspiraron un cambio en la ley: a partir del 17 de marzo será obligatorio el uso de sillas en vehículos para pequeños de hasta nueve años. La exigencia se suma a la que prohíbe, desde el año pasado, el traslado de menores de hasta 12 años en el asiento delantero.

Paralelamente, la normativa fija un aumento de multas: si una persona contraviene la legislación se expone a pagar hasta 3 UTM ($140 mil) y la suspensión de la licencia de conducir entre 5 y 45 días.

En conjunto, estas modificaciones buscan reducir hasta en 30% la probabilidad de muertes de niños en siniestros viales.

Sin embargo, la ley no se aplicará de igual forma para todos los vehículos. Además del transporte público y los taxis, los 22 mil vehículos de transporte escolar del país quedarán exentos de la normativa. Según el ministro (s) de Transportes, Carlos Melo, esto se debe a que esos vehículos "tienen una serie de medidas de seguridad adicionales, que hacen que (la exigencia) no sea necesaria. Si se hace un análisis estadístico de donde está el esfuerzo relevante a la hora de proteger a menores frente a accidentes graves o con resultados fatales, más del 95% se concentran en vehículos particulares".

Añade que el transporte escolar "tiene medidas complementarias, como la licencia del conductor, las internas como la visibilidad, la necesidad de ir con un acompañante si hay una cierta cantidad de niños menores".

La presidenta de la Confederación de Transportistas Escolares, Verónica Contreras, complementa que si se les incorpora en la normativa "se reduciría enormemente la capacidad de los furgones. En un vehículo donde caben 14 niños por las sillas habría que dejar ocho (...). Para furgones que transporten niños que van a salas cuna o a jardines infantiles, existe un acuerdo para que el papá disponga su silla de lunes a viernes y el chofer después se la devuelve para que la ocupe el sábado".

Reparos técnicos

María Francisca Yáñez, especialista en seguridad vial y ex secretaria ejecutiva de la Comisión Nacional de Seguridad del Tránsito (Conaset) piensa distinto: "Al transporte escolar hay que exigirle mucho más, justamente porque llevan a niños. Aquí hay un error de base, porque no solo basta con que un conductor sea profesional y que los vehículos tengan elementos. Países de Europa como Suecia o Uruguay implementaron una legislación especial para el transporte escolar", cuestiona.

El especialista en Seguridad Vial y profesor de la UC Francisco Frésard dice que "llama la atención que no se valore del mismo modo la vida y salud de los niños (...). Quienes usan transporte escolar, taxis o taxi-colectivos son, en general, niños de familias de menores recursos, que son transportados en vehículos de muy baja calidad, con precaria capacidad en seguridad vial".

Frésard agrega que en la experiencia internacional tampoco se ha resuelto el sistema de retención para el tramo etáreo entre 6 y 12 años. "Las caderas de estos niños son muy anchas para las sillas o sus cuerpos son demasiado pequeños para el asiento normal".

Otro de los aspectos que ha generado inquietud entre algunos padres es que se establezca como criterio la edad, considerando la variación de tallas y estaturas de niños nacidos en un mismo año.

Según el ministro (s) Melo, ello se debe a que la edad es un criterio de fiscalización objetivo. "Un carabinero en la calle no tiene la posibilidad de comprobar la estatura del niño. Cuando son menores al borde de los nueve años con cierta dispersión, hay elementos que tienen una intervención menor, como el alzador, que no generan grandes molestias en la comodidad del niño o niña", sostiene.

 Imprimir Noticia  Enviar Noticia