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Alemania sería de los menos restrictivos

Estudio del Banco Central: 17 de 28 países OCDE permiten el reemplazo de trabajadores en huelga

viernes, 28 de octubre de 2016

Fiorenza Gattavara
Economía y Negocios
El Mercurio

Con la reforma laboral, Chile quedó con la clasificación de naciones más prohibitivas.



La posibilidad de reemplazar a los trabajadores en huelga fue uno de los temas que más controversia generó en la discusión de la reforma laboral.

Elías Albagli, Claudia de la Huerta y Matías Tapia, economistas del Banco Central, hicieron un estudio que mide qué tan rígido es cada uno de los 28 países que conforman la OCDE, respecto del reemplazo en huelga.

En los resultados, los países se clasificaron de la letra A a la D, entendiendo que A es "sin restricciones a reemplazo interno" y D "prohibición explícita a todo tipo de reemplazo".

De los 28 países de la OCDE, se dedujo que 17 permiten el reemplazo de los trabajadores en huelga. Entre los que fueron calificados con la letra A están Alemania, Estados Unidos, Israel, Japón, Suecia, Suiza y Austria, mientras que con la letra D fueron calificados Corea, España, México y Turquía.

El caso chileno

Si bien Chile pertenece a la OCDE, no fue incorporado en el estudio, ya que en el mismo período en que se estaba realizando el estudio se discutía la reforma laboral.

Sin embargo, Elías Albagli, sostiene que previo a la reforma impulsada por el Gobierno, el Código Laboral explícitamente permitía el reemplazo externo sujeto a ciertas condiciones respecto a fecha de inicio de huelga, las condiciones reflejadas en la última oferta de la empresa y un pago de bono de reemplazo.

Luego, con la nueva ley, existe una prohibición explícita del reemplazo. Sin embargo, agrega el economista, también se hace mención al derecho de las empresas a "efectuar las adecuaciones necesarias con el objeto de asegurar que los trabajadores no involucrados en la huelga puedan ejecutar las funciones convenidas en sus contratos de trabajo", lo que parece abrir una puerta para reemplazo interno, aunque el consenso de abogados laborales es que ello va a llevar a judicialización. "Por tanto, pondríamos a Chile en la categoría C (dado que algún tipo de reemplazo interno parece estar permitido por las "adecuaciones necesarias"), pero es posible que la jurisprudencia que se genere en torno a este punto lleve a que en el futuro Chile quede en la categoría D", advirtió.

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