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Documento revela que las partes buscan compartir ciertos ingresos y establecer principios comunes en materia de precios.

Tribunal levanta secreto de acuerdos comerciales de Latam y otras aerolíneas

jueves, 06 de octubre de 2016

Luis Musquiz
Economía y Negocios
El Mercurio




El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) levantó la confidencialidad a los acuerdos comerciales entre Latam Airlines y American Airlines, y entre la aerolínea latinoamericana e IAG, que controlan British Airways e Iberia.

Los convenios de Joint Business Agreement (JBA) fueron suscritos en enero pasado y, según Latam, sus objetivos son entregar a los pasajeros mejores opciones de precios, de frecuencias y un mayor número de destinos a los cuales puedan acceder.

Sin embargo, la Asociación Chilena de Turismo (Achet) realizó una presentación a la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y acusó que bajo estos acuerdos se generaría un fuerte aumento de la concentración en este mercado. Basándose en un estudio de Gabriel Bitrán y Asociados, la entidad aseguró que, en el caso del mercado Chile-Europa, la participación actual de Latam es de 27,7% y la de Iberia de 35,7%, concentrando el 63,4% post alianza. En tanto, Latam y American Airlines consolidarían el 73% en el tramo Chile-Norteamérica.

Ayer, por primera vez se tuvo acceso a los acuerdos en idioma inglés en su versión pública. Los documentos establecen que las compañías desean tener un acuerdo comercial que les permita competir de manera más efectiva en los servicios de transporte aéreo con otras aerolíneas y ofrecer a los consumidores una mayor oferta de destinos a precios competitivos.

Compartir ingresos

Sin embargo, el acuerdo también revela que, en un esfuerzo para mejorar la experiencia y los beneficios de sus clientes, y en la medida en que la alianza sea aprobada por los órganos pertinentes, "las partes acuerdan compartir ciertos ingresos netos combinados de ciertos costos en los términos y materias referidas a las condiciones que serán establecidas en este acuerdo para compartir ingresos".

Además, en otro pasaje del texto se indica que "las partes deberán intentar satisfacer la demanda de mercado a través de precios conjuntos y desarrollos conjuntos de reglas y condiciones de los servicios conjuntos. Las partes acuerdan como principio rector que todos los precios de los servicios conjuntos reflejarán el consenso de las partes".

Asimismo, se señala que "las partes deberán desarrollar un modelo de negocios conjunto para asegurar la alineación de los precios de las ventas de sus respectivas afiliadas sobre el negocio conjunto, para permitir que las partes o sus respectivas afiliadas respondan de manera rápida y eficiente a la demanda de mercado y facilitar la entrega de mejores beneficios a los clientes". Agrega que "los objetivos de venta de los negocios conjuntos deberán ser fijados por el relevante Comité Funcional para cada organización de las ventas de cada parte con el fin de asegurar ventas neutrales".

Desde Latam aseguran que para lograr un desarrollo sostenible en el tiempo, las aerolíneas "deben -necesariamente- organizarse en torno a centros de redes y puntos de conexión que les permitan hacer viable el negocio". Agregan que "los JBA apuntan justamente a esa necesidad de la industria. Hoy un 80% de las principales compañías aéreas del mundo cuentan con al menos un acuerdo de este tipo".

Emisión de bonos

Anoche, en un hecho esencial enviado a la SVS, Latam Airlines informó su intención de emitir y colocar en el mercado internacional "bonos no garantizados de largo plazo al amparo de la Norma 144-A y la Regulación S de las leyes de valores" de EE.UU. Latam explicó que el objetivo de la emisión será la "recompra, canje y rescate parcial de una porción a determinar del remanente" de dos bonos emitidos por TAM en 2007 y 2011 por un total de US$ 800 millones.

La aerolínea señaló que la intención principal es que, ojalá, todos estos bonos antiguos sean intercambiados por los nuevos, agregando que de existir algún remanente en este proceso, estos dineros serán destinados a "financiar otros fines corporativos generales".

""Las partes acuerdan compartir ciertos ingresos netos combinados de ciertos costos en los términos y materias referidas a las condiciones que serán establecidas en este acuerdo para compartir ingresos".
PARTE DEL ACUERDO COMERCIAL (JOINT BUSINESS AGREEMENT)


""Hoy un 80% de las principales compañías aéreas del mundo cuentan con al menos un acuerdo de este tipo, los que operan bajo la venia de las respectivas autoridades de libre mercado".
LATAM AIRLINES

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