Dólar Obs: $ 981,71 | -0,07% IPSA -0,25%
Fondos Mutuos
UF: 37.079,21
IPC: 0,60%
Ataque a fundo San Guillermo, en esa comuna:

Tribunal de Cañete afirma que no es posible inculpar a mapuches en atentado

miércoles, 15 de junio de 2016

SEBASTIÁN HENRÍQUEZ
Nacional
El Mercurio

Tres acusados fueron absueltos por unanimidad en el caso. No es posible reconocer a encapuchados, afirmaron magistrados.



Ayer el Tribunal Oral en lo Penal de Cañete entregó la sentencia por la cual absolvió por unanimidad a los tres mapuches acusados de atentar contra el fundo San Guillermo, ubicado en esta comuna de la provincia de Arauco.

El ataque ocurrió el 28 de junio pasado, cuando una treintena de encapuchados armados ingresó al predio, tomó como rehén a la esposa de uno de los trabajadores y quemó maquinaria, forraje y galpones. La agresión dejó pérdidas que fueron avaluadas en $500 millones.

La fiscalía acusó a tres mapuches por el atentado. Se trata de Rodrigo y Fernando Meliman, a quienes imputó los delitos de robo con intimidación y de incendio, y Elvira Lincopi, a quien acusó de incendio.

En el documento que liberó ayer el tribunal, de 90 páginas, los jueces Julio Ramírez, Cristian Medina y Ricardo Piña afirman que el atentado al predio sí ocurrió, pero que el delito de robo no. Además, los magistrados estimaron que no existe prueba suficiente para inculpar ni a los Meliman ni a Lincopi como autores de los hechos.

Con respecto al delito de robo, el tribunal indicó que en este caso no existió ánimo de lucro cuando los encapuchados se llevaron las cámaras de vigilancia, discos duros y celulares del lugar. Más bien, indicaron los magistrados, la sustracción estuvo motivada por la necesidad de los atacantes de cubrir su huida.

"Aquellas acciones que el persecutor describe como conductas de apropiación se presentan más bien como acciones destinadas a asegurar la impunidad de los hechores respecto de aquellos actos que motivaban su irrupción en el predio", indica el documento en su punto 17.

En el caso del delito de incendio, el tribunal no quedó conforme con las declaraciones de los testigos. Esto, pues todos quienes prestaron su testimonio en el juicio -que se desarrolló la semana pasada- indicaron que los autores actuaron encapuchados, lo que impide individualizarlos.

"Los testigos presenciales no pudieron percibir rostros que les permitieran individualizar a una o más de estas personas y que, si a alguien reconocieron, necesariamente debió ser no por un rostro, sino por algún rasgo aislado o por alguna característica particular, la que evidentemente debe ser explicada por quien efectúa el reconocimiento", afirmaron los magistrados en el punto 21 de la sentencia.

El Ministerio Público informó ayer que estudiará la sentencia a fondo para definir si pide o no la nulidad del juicio.

Querella
El Gobierno se querelló en este caso por la Ley de Seguridad Interior del Estado.

 Imprimir Noticia  Enviar Noticia