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Información no incluirá los nombres de receptores de los fondos. Diligencia es parte de una investigación de la Fiscalía Oriente, que tramita querellas de accionistas.
- El origen de las querellas contra las diez empresas
- Directores de SQM apelarán en próximos días a multa SVS para evitar juicio de accionistas


Servel entregará solo montos, y no receptores, de aportes reservados de Cencosud, Quiñenco y AntarChile a políticos

miércoles, 07 de octubre de 2015

Andrea Chaparro y Rienzi Franco
Nacional
El Mercurio




El Servicio Electoral (Servel) se encuentra recopilando los antecedentes sobre los aportes reservados realizados por tres empresas -Cencosud, Quiñenco y AntarChile- a campañas políticas, desde 2005 a la fecha, requeridos por el fiscal adjunto de la zona oriente Ezio Braghetto, quien tramita parte de las querellas por apropiación indebida presentadas por un accionista minoritario, Óscar Gajardo, que reclama que este tipo de contribuciones debieron discutirse en la junta de accionistas y no decidirse solo por los administradores (ver recuadro).

En los próximos días el organismo espera poner a disposición del investigador estos antecedentes. Sin embargo, se aclaró desde la institución que solo se remitirán los montos que estas compañías aportaron a las candidaturas en los períodos indicados y no una nómina con los destinatarios de estos aportes.

Esto, según se indicó, dado que el fondo de la petición del Ministerio Público apunta a determinar cuánto dinero se gastó por este concepto, en el entendido de que lo que alega el querellante es que no se le consultó al realizarse dichas donaciones, pero no a quienes llegaron estas.

Este debiese ser el camino que seguirían las otras siete querellas que interpuso Gajardo ante la justicia, dirigidas también contra otras grandes compañías -entre las que se cuenta, además de las tres mencionadas, LAN, SQM, Banco Chile, Empresas Copec, Enersis, Falabella y Endesa- en caso que los fiscales que las tramitan decidieran solicitar el alzamiento del secreto respecto de sus aportes reservados.

Con esto, se despejan las dudas que generó en el mundo político el alcance de las resoluciones del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, tras acceder a la diligencia.

Las reacciones eran de "sorpresa" y "extraña". Incluso, el presidente de la UDI, Hernán Larraín, comentó que era un "escenario complejo" y que el juez se "encontraría alterando el sentido de la ley".

Autorización judicial

Lo anterior porque en ellas la autorización aparecía como amplia y con la posibilidad de que se diera espacio a entregar el nombre de los destinatarios de los aportes.

En el caso de Cencosud -siguiendo las otras dos resoluciones similares- se autorizaba "el alzamiento del secreto respecto de los aportes reservados, realizados conforme al artículo 19 de la Ley N°19.884 por la empresa Cencosud a alguna o algunas de las campañas políticas (...) y en caso de haberse realizado una o más donaciones, a informar los montos correspondientes con la documentación respectiva de cada donación".

Para el cumplimiento de esta decisión, en tanto, se ordenaba al director nacional del Servicio Electoral (Servel), Patricio Santamaría, que "proceda a la entrega completa de los antecedentes antes referidos al fiscal".

La petición concreta del fiscal Braghetto, en tanto, respecto de Cencosud advertía que "para finalizar con éxito la investigación es necesario obtener la información sobre la existencia de dichos aportes o donaciones políticas realizadas por Cencosud, sus montos y respectiva documentación de cada donación".

En el mismo escrito, puntualizaba, además, que "sin ella no se podría conocer el monto total de las donaciones o aportes (...) y a su vez el destino de dichos fondos".

La negativa inicial

En estos tres casos -al igual que en el caso Corpesca, donde se pidió una diligencia similar relativa al alzamiento del secreto de aportes reservados- el Servel esperó que llegara la orden judicial antes de entregar.

Esto -se explicó en su momento- porque el artículo 19 de la Ley 19.884, sobre Fondos para Campañas Electorales, Control del Gasto Electoral y Contabilidad Electoral, establece que el Servel debe garantizar la reserva de la identidad del donante así como que este no obtendrá documento alguno que permita identificar de dónde provienen esos dineros.

Además, como se trata de un principio asimilable al que rige al secreto bancario, lo que correspondía era que este se levantara solo a petición del Ministerio Público, previa autorización de un tribunal de garantía.

Corpesca
En el caso que investiga la fiscal Ximena Chong, el Servel descartó aportes reservados de esa empresa a Jaime Orpis, Alejandro García-Huidobro, Fulvio Rossi, Antonio Horvath, Hosaín Sabag y Carlos Bianchi.

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